Arraigo para la Formación en España: Todo lo que Necesitas Saber

Introducción a Arraigo para la Formación en España: Todo lo que Necesitas Saber.
En un esfuerzo por mejorar la política migratoria y facilitar la integración de inmigrantes en el mercado laboral, el gobierno de España ha introducido el «Arraigo para la Formación». Esta medida, vigente desde agosto de 2022, permite a los inmigrantes obtener un permiso de residencia temporal mediante un compromiso de formación profesional.

¿Qué es el Arraigo para la Formación?

El Arraigo para la Formación es una autorización de residencia temporal destinada a inmigrantes que se comprometan a realizar una formación específica en España. Esta medida no solo facilita la integración laboral de los inmigrantes, sino que también ayuda a cubrir la demanda de mano de obra cualificada en el mercado español.

Requisitos para Solicitar el Arraigo para la Formación

Para poder solicitar el Arraigo para la Formación, los inmigrantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

Residencia en España: Acreditar una permanencia continuada en España de al menos dos años.

Antecedentes Penales: No tener antecedentes penales en España ni en los países donde haya residido en los últimos cinco años.

Situación Migratoria: No ser ciudadano de un país de la Unión Europea ni tener prohibida la entrada a España.

Compromiso de Formación: Comprometerse a realizar una formación específica.

Tasas: Abonar la tasa de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

Tipología de Estudios Permitidos

Las formaciones válidas para cumplir con el compromiso incluyen:

  1. Formación oficial que pertenece al Sistema de Formación Profesional, incluyendo Certificados de Profesionalidad. Esta formación debe ser impartida por un centro autorizado. La Oficina de Extranjería verificará que la institución esté correctamente acreditada Certificados de Profesionalidad.
  2. Cursos de Especialización y Certificados de Competencia conducentes a la obtención de una Certificación Técnica o habilitación profesional para el desarrollo de una ocupación especifica.
  3. Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo, que este necesariamente incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas. (Para la realización de estas formaciones, deberás estar inscrito como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo de tu Comunidad. Esto podrás hacerlo una vez tengas autorizado el arraigo por formación y dispongas de un N.I.E)
  4. Titulaciones de máster oficial universitario y cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades profesionales en el ámbito de formación universitario.

 

Procedimiento de Solicitud

La solicitud puede presentarse de manera telemática a través de la Plataforma Mercurio o presencialmente en la Oficina de Extranjería correspondiente. Los solicitantes deben presentar la documentación requerida, incluyendo:

  • Formulario de solicitud EX-10.
  • Copia del pasaporte vigente.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Documentación acreditativa de la permanencia en España.
  • Compromiso de realización de la formación.
  • Documentación Adicional

Es importante que toda la documentación extranjera esté traducida al español y legalizada. Además, los documentos emitidos por autoridades extranjeras deben estar apostillados según el Convenio de La Haya.

Duración y Renovación del Permiso

El permiso inicial tiene una duración de un año y puede prorrogarse por un año más si la formación excede los 12 meses o si no se ha completado en el tiempo previsto.

Permiso de Trabajo Posterior

Una vez finalizada y aprobada la formación, los inmigrantes pueden solicitar una autorización de trabajo y residencia, presentando prueba de haber completado la formación y un contrato de trabajo que cumpla con el salario mínimo interprofesional.

Preguntas frecuentes:

¿Se puede realizar la formación en cualquier centro?

La formación debe ser impartida por centros acreditados y reconocidos por las autoridades competentes.

¿En qué se diferencia el Arraigo para la Formación del Arraigo Laboral?

El Arraigo para la Formación requiere un compromiso de formación, mientras que el Arraigo Laboral exige acreditar una relación laboral de al menos seis meses.

¿Se puede viajar con el Arraigo para la Formación?

Sí, los inmigrantes con este permiso pueden viajar, aunque es recomendable consultar con las autoridades para obtener información detallada.

¿Cuánto tiempo tarda la resolución de la solicitud?

El plazo máximo de resolución es de 90 días.

¿Es posible modificar la formación una vez iniciada?

Sí, se puede modificar la formación siempre que los nuevos estudios pertenezcan a la misma familia profesional sin necesidad de acreditarlo. Si la modificación implica un cambio de familia profesional, se deberá acreditar la nueva matrícula en el plazo de tres meses desde la concesión de la autorización

¿Qué sucede después de completar la formación?

Una vez completada la formación con éxito, se puede solicitar una autorización de trabajo y residencia de dos años de duración. Para ello, se debe presentar prueba de haber superado la formación y un contrato de trabajo relacionado con la formación recibida

El Arraigo para la Formación es una herramienta clave para la integración de inmigrantes en el mercado laboral español, facilitando su regularización y acceso a formación profesional. Si cumples con los requisitos, esta puede ser una excelente oportunidad para tu desarrollo personal y profesional en España.

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